Los drones se han convertido en uno de los regalos preferidos en cumpleaños y en festividades navideñas. Pero no todos los drones son iguales. Los hay para divertirte un rato pero también los hay para trabajar en fotografía, vigilancia, agricultura y otros sectores. Así que ya seas un aficionado o un profesional, necesitas conocer la normativa sobre drones para no tener problemas legales.

En España se aplica una normativa europea relativamente reciente. Los reglamentos en cuestión datan de 2019 y 2020. En el momento de escribir estas líneas, la normativa europea de drones que se aplica empezó a aplicarse el 31 de diciembre de 2020. Y hay que añadir que, desde el 25 de junio de 2024, «es de aplicación la normativa nacional de UAS (Real Decreto 517/2024). Esta norma completa el régimen jurídico aplicable a la utilización civil de UAS sujetos a la regulación de la Unión Europea, y regula las actividades excluidas de la normativa europea». Pero vayamos por partes.

Antes de comprar un dron y de echarlo a volar, necesitas saber qué dice la normativa sobre drones y su aplicación en España. Y para ello debes acudir a la documentación y recursos de la AESA, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea. Dependiendo de las características del dron que adquieras, necesitarás realizar determinadas acciones administrativas, en su mayoría a través de internet.

Tipos de drones según su normativa

Antes, los drones se clasificaban en función de su uso: recreativo o profesional. Pero la línea que separa ambos mundos es cada vez más fina. O dicho de otra manera, cualquiera puede adquirir un dron profesional para uso lúdico. Así que la normativa actual clasifica los drones según el riesgo que puedan originar.

En este sentido, existen siete clases de drones bautizadas desde C0 a C6. Las clases o categorías tienen que ver con sus características, sistemas integrados y con las posibilidades que ofrece cada dron o aeronave no tripulada. Y los drones deben indicar esa categoría con una pegatina visible que ha de colocar el fabricante. Veamos cada una:

La normativa de drones clasifica estas aeronaves en siete categoríasLa normativa de drones clasifica estas aeronaves en siete categorías

Drones de clase C0

  • Peso inferior a 250 gramos. El concepto técnico es MTOW, acrónimo traducido por peso máximo al despegue.
  • Velocidad máxima de vuelo de 19 metros por segundo.
  • Altura máxima limitada desde el punto de despegue a 120 metros.
  • Alimentación con electricidad. Máximo, 24V de CC.

Dispositivos o drones de clase C1

  • Peso inferior a 900 gramos. Y energía de impacto inferior a 80J.
  • Velocidad máxima de vuelo de 19 metros por segundo.
  • Altura máxima limitada desde el punto de despegue a 120 metros.
  • Alimentación con electricidad.
  • Número de serie único.
  • Sistema de identificación a distancia directa e identificación a distancia de red.
  • Sistema de geoconsciencia. Es decir, que detecta si está en espacio aéreo restringido.
  • Sistema de aviso de batería baja. Para el dron y para el controlador.

Drones de clase C2

  • Peso inferior a 4 kilogramos.
  • Modo de baja velocidad con limitación a 3 metros por segundo como máximo.
  • Altura máxima limitada desde el punto de despegue a 120 metros.
  • Alimentación con electricidad.
  • Número de serie único.
  • Sistema de identificación a distancia directa e identificación a distancia de red.
  • Sistema de geoconsciencia.
  • Sistema de aviso de batería baja. Para el dron y para el controlador.
  • Incorporar luces para control de altitud y vuelo nocturno.
  • Integrar un enlace de datos protegido contra el acceso no autorizado al control.

UA o drones de clase C3

  • Peso inferior a 25 kilogramos. Dimensión característica máxima inferior a 3 metros.
  • Modo de baja velocidad con limitación a 3 metros por segundo como máximo.
  • Altura máxima limitada desde el punto de despegue a 120 metros.
  • Alimentación con electricidad.
  • Número de serie único.
  • Identificación a distancia directa e identificación a distancia de red.
  • Sistema de geoconsciencia.
  • Sistema de aviso de batería baja. Para el dron y para el controlador.
  • Incorporar luces para control de altitud y vuelo nocturno.
  • Integrar un enlace de datos protegido contra el acceso no autorizado al control.
Cada categoría de la normativa tiene sus requisitos específicosCada categoría de la normativa tiene sus requisitos específicos

Drones o UA de clase C4

  • Peso inferior a 25 kilogramos.
  • Sin modo de control automático. Salvo estabilizador de vuelo o asistencia al perder el enlace.
  • Limitarse a vuelos de aeromodelismo. De ahí que los requisitos sean menos exigentes.

UA o drones de clase C5

En esta clase entran los drones o UA (aeronave no tripulada) pensados para operaciones VLOS (Visual Line of Sight) o vuelos dentro del alcance visual del piloto en Categoría Específica sobre entorno urbano o escenario estándar STS 01.

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