El tejido empresarial español presenta una cara oculta que preocupa, como no podría ser de otra manera, a las autoridades económicas: la presencia de un volumen elevado de sociedades inactivas que permanecen inscritas en los registros oficiales sin cumplir con sus obligaciones contables.
La falta de transparencia de estas entidades no solo distorsiona las estadísticas oficiales, sino que también puede abrir la puerta a prácticas fraudulentas.
Según un informe publicado por Informa D&B, más de medio millón de empresas no han presentado sus cuentas anuales en los dos últimos ejercicios.
Este fenómeno, que afecta a cerca del 40% de las sociedades inscritas, vuelve a poner sobre la mesa el debate sobre las denominadas sociedades fantasma.
Qué significa ser una sociedad fantasma
El concepto de sociedad fantasma se refiere a aquellas compañías que, pese a seguir inscritas en el Registro Mercantil, no muestran indicios de actividad.
El hecho más claro de esta inactividad es que no depositan las cuentas anuales, algo que por ley resulta obligatorio incluso en el caso de no generar ingresos.
El estudio de Informa D&B apunta que la mayoría de estas entidades cuentan con un capital social inferior a 5.000 euros, lo que refleja su escasa capacidad operativa.
De acuerdo con dicho informe, un 65% de los negocios inactivos se sitúan en ese tramo de capital. En torno al 6% tienen un capital de entre 5.000 y 10.000 euros, mientras que un 10% superan los 10.000 pero no los 60.000 euros.
En el rango superior, apenas un 10% alcanzan cifras por encima de los 60.000 euros, lo que indica que la mayoría de estas sociedades fueron creadas con fines limitados o como instrumentos de conveniencia.
Sectores más afectados
La construcción y las actividades inmobiliarias concentran una cuarta parte de estas sociedades fantasma, mientras que el comercio aglutina algo más del 21%.
En tercer lugar aparecen los servicios empresariales, que representan el 14%. Estos sectores, muy ligados a la burbuja económica de décadas anteriores, siguen reflejando un peso significativo de entidades que ya no tienen operaciones reales.
A nivel geográfico, Madrid lidera el número de sociedades inactivas con un 19% del total, seguida de Andalucía con un 18,5% y Cataluña con un 17%. En el lado opuesto, Cantabria es la comunidad con menos presencia de este tipo de compañías, sin contar Ceuta y Melilla.
Obligaciones legales y sanciones
Aunque se trate de compañías sin actividad, la ley establece que deben mantener una contabilidad ajustada al Código de Comercio y presentar las cuentas anuales en el Registro Mercantil.
El artículo 363.1.A de la Ley de Sociedades de Capital va más allá, indicando que una empresa debe disolverse si permanece inactiva durante más de un año.
No cumplir con esta obligación puede acarrear multas impuestas por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC). Las sanciones oscilan entre 1.200 y 60.000 euros, aunque en empresas con una facturación superior a seis millones de euros anuales pueden alcanzar los 300.000 euros por ejercicio.
El ICAC recaudó el último año casi el doble en concepto de sanciones vinculadas a incumplimientos de depósito de cuentas, lo que refleja un endurecimiento de los controles.
El proceso de disolución y liquidación
Cerrar definitivamente una empresa inactiva tampoco es gratuito. Firmar la escritura pública de disolución, inscribirla en el Registro Mercantil y dar de baja el negocio en el censo de empresarios requiere trámites legales y administrativos.
Los expertos estiman que liquidar una sociedad con un capital social de unos 3.000 euros puede suponer un coste mínimo de 300 euros, aunque en casos más complejos esta cifra supera con facilidad los 1.000 euros.
Además, es necesario presentar la declaración censal mediante el Modelo 036 y dar de baja a los administradores, lo que añade complejidad al procedimiento.
Por este motivo, muchas sociedades se mantienen en un limbo legal, ni activas ni cerradas, lo que alimenta el volumen de empresas fantasma.
Riesgo de uso fraudulento
Las sociedades fantasma también pueden convertirse en sociedades pantalla, utilizadas para ocultar operaciones ilícitas. El Tribunal Supremo ha establecido criterios para detectar estos casos: empresas sin trabajadores, sin medios materiales, con facturación de un único cliente vinculado o cuyo único objetivo es reducir la carga fiscal.
Este tipo de prácticas refuerza la importancia de mantener registros actualizados y sancionar con firmeza la falta de transparencia.
La existencia de más de 500.000 sociedades inactivas refleja un problema estructural en el tejido empresarial español. Los especialistas son claros: resolver este fenómeno no solo exige reforzar las sanciones, sino también fomentar procesos de disolución más ágiles y accesibles para evitar que miles de sociedades sigan alimentando la estadística de empresas fantasma.