La Seguridad Social prepara una importante modificación en el cálculo de las pensiones contributivas a partir de 2026.
Se trata de un cambio orientado a mejorar la cuantía de las prestaciones de jubilación de las personas que, por motivos familiares o de cuidado, hayan tenido interrupciones en su vida laboral.
Este nuevo modelo de integración de lagunas busca compensar los periodos sin cotizar y reducir la brecha de género que aún persiste en el sistema público de pensiones.
La medida beneficiará principalmente a mujeres trabajadoras, aunque también podrá aplicarse a hombres que acrediten haber visto afectada su carrera profesional por el nacimiento o adopción de hijos.
Con esta modificación, el Gobierno pretende que quienes tuvieron que detener su trayectoria laboral por motivos de conciliación no vean penalizada su futura pensión de jubilación, reforzando así el principio de igualdad dentro del sistema contributivo.
Una medida con respaldo legal y enfoque social
La nueva regulación se recoge en la Disposición transitoria cuadragésima primera de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). Este apartado complementa el artículo 209.1.b) de la misma norma, que ya preveía un mecanismo de integración de lagunas, pero ahora lo amplía en beneficio de los colectivos más vulnerables.
En la práctica, la Seguridad Social rellenará los meses sin cotizar dentro del periodo de cálculo de la base reguladora con porcentajes de la base mínima de cotización vigente, incrementando así el valor final sobre el que se calcula la pensión.
Esta integración no permite sumar tiempo de cotización adicional ni sirve para cumplir los periodos mínimos exigidos —los 15 años de carencia genérica y los dos años dentro de los últimos quince exigidos para acceder a una pensión contributiva—, pero sí puede elevar la base reguladora y, por tanto, la cuantía final de la prestación.
Cómo funciona el nuevo sistema de integración de lagunas
Hasta ahora, el mecanismo de integración rellenaba los primeros 48 meses sin cotizar con el 100% de la base mínima del Régimen General, y los siguientes con el 50% de esa misma base.
A partir de 2026, esta fórmula será más ventajosa para las trabajadoras que hayan interrumpido su carrera por maternidad o cuidado familiar, y también para los hombres en circunstancias similares.
Con la reforma, los periodos comprendidos entre los meses 49 y 60 sin cotizar se integrarán con el 100% de la base mínima, mientras que los comprendidos entre los meses 61 y 84 lo harán con el 80% de dicha base.
A partir del mes 85, volverán a aplicarse las reglas generales (el 50% de la base mínima). Esta medida busca cubrir de forma más justa los tramos de inactividad laboral que suelen coincidir con los años dedicados al cuidado de hijos o familiares dependientes.
Para que un hombre pueda acogerse a esta mejora, deberá cumplir los requisitos del artículo 60.1.b) de la LGSS, es decir, demostrar que su carrera profesional se interrumpió o se redujo como consecuencia del nacimiento o adopción de un hijo.
Un ejemplo práctico: cómo influye en el cálculo
Supongamos que una trabajadora, Ana, solicita su jubilación en 2028. En el periodo de cálculo de su base reguladora —que abarca los últimos 29 años de cotización, excluyendo los dos peores— aparecen 70 meses sin cotizar debido al tiempo dedicado al cuidado de sus hijos.
Con la normativa actual, los primeros 48 meses se integrarían al 100% de la base mínima y los 22 meses restantes solo al 50%. Con la mejora que entra en vigor en 2026, los 12 meses adicionales entre el mes 49 y el 60 se integrarían también al 100%, y los siguientes 10 meses al 80%. De este modo, la base reguladora final de Ana sería notablemente superior, aumentando el importe de su futura pensión.
En cambio, para un trabajador como Carlos, que ha cotizado 14 años y seis meses y reúne las condiciones de interrupción laboral por cuidado de hijos, esta mejora no le permitiría alcanzar los 15 años exigidos para tener derecho a la pensión contributiva, ya que las lagunas rellenadas no cuentan como tiempo cotizado. Aun así, la reforma sí elevaría su base de cálculo, mejorando el importe teórico de su prestación si llegara a cumplir los requisitos.
Un paso para reducir la brecha de género en las pensiones
Según datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la brecha de género en las pensiones de jubilación supera actualmente el 30%.
Las interrupciones laborales por maternidad, excedencias o cuidados familiares siguen siendo las principales causas de esta diferencia. Con el nuevo mecanismo, el Gobierno busca compensar estos periodos y reducir progresivamente esa distancia hasta situarla por debajo del 5%, momento en el cual la medida dejará de aplicarse automáticamente.
La integración de lagunas revisada comenzará a aplicarse de forma plena en 2026, pero su efecto será gradual, ya que afectará únicamente a quienes calculen su base reguladora a partir de esa fecha.
En los próximos años, la Seguridad Social prevé evaluar el impacto de la medida sobre la cuantía media de las pensiones femeninas, que actualmente se sitúan en torno a 1.090 euros mensuales, frente a los 1.520 euros de las masculinas.

